DESTITUYERON AL JUEZ FEDERAL DE MAR DEL PLATA ALFREDO LÓPEZ POR DISCRIMINACIÓN Y ANTISEMITISMO

DESTITUYERON AL JUEZ FEDERAL DE MAR DEL PLATA ALFREDO LÓPEZ POR DISCRIMINACIÓN Y ANTISEMITISMO

19 agosto, 2026 Desactivado Por Azul Spalletta

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados resolvió remover al titular del Juzgado Federal N° 4 de Mar del Plata al considerar que sus publicaciones en la red social X configuraron mal desempeño. El proceso se originó por una serie de mensajes que la acusación consideró discriminatorios contra la comunidad judía. La defensa sostuvo que se trató de opiniones amparadas por la libertad de expresión.

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación resolvió destituir al juez federal de Mar del Plata Alfredo Eugenio López, quien estaba al frente del Juzgado Federal N° 4 de esa ciudad. La decisión se tomó luego de un proceso disciplinario iniciado a raíz de una serie de publicaciones realizadas desde su cuenta en la red social X.

El tribunal consideró que la conducta del magistrado constituyó mal desempeño y concluyó que sus expresiones excedieron los límites de la libertad de expresión compatibles con las obligaciones propias de un juez federal. De acuerdo con la resolución, los mensajes no fueron considerados episodios aislados, sino parte de una conducta reiterada que afectó la imparcialidad, el decoro y la confianza pública que exige la función judicial.

La decisión puso fin a un jury que había comenzado formalmente en julio y que tuvo como eje el contenido de publicaciones atribuidas al magistrado. La acusación había solicitado expresamente su destitución, mientras que López sostuvo durante todo el proceso que era víctima de una persecución ideológica y defendió sus publicaciones como expresiones vinculadas con asuntos de interés público.

LAS PUBLICACIONES QUE ORIGINARON EL PROCESO

El expediente se inició a partir de denuncias presentadas durante 2025 por representantes de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), la diputada nacional Sabrina Ajmechet, en su carácter de presidenta del Foro Argentino contra el Antisemitismo, y los abogados Yamil Santoro y José Magioncalda, de la Fundación Apolo.

Las presentaciones cuestionaron publicaciones y republicaciones realizadas desde la cuenta vinculada al juez y denunciaron un supuesto “patrón de hostilidad” hacia los judíos, el sionismo y el Estado de Israel.

Durante el jury, los acusadores presentaron parte del material incorporado al expediente. Según informó C5N, el dictamen se había basado en unos 40 mensajes, mientras que las denuncias iniciales habían señalado distintos posteos y republicaciones de la cuenta del magistrado.

Entre las publicaciones analizadas apareció una encuesta impulsada por López sobre “a quiénes son leales los judíos que residen en nuestra patria”, además de expresiones contra la denominada “judiada interna y externa” y referencias al Foro Argentino contra el Antisemitismo.

También fue cuestionada una publicación en la que López utilizó una fotografía del gran rabino de la AMIA, Eliahu Hamra, y formuló una pregunta relacionada con la Torá y la Constitución Nacional en el marco de una eventual ampliación de la Corte Suprema.

Para la acusación, el conjunto de las publicaciones no podía ser interpretado simplemente como una serie de opiniones políticas o críticas al Gobierno de Israel, sino como expresiones discriminatorias dirigidas contra una comunidad religiosa.

QUÉ DIJO LA ACUSACIÓN

La acusación estuvo a cargo del senador nacional Luis Juez y el abogado Alberto Maques, en representación del Consejo de la Magistratura.

Durante los alegatos, ambos solicitaron la destitución de López y sostuvieron que un juez debe preservar determinadas condiciones de imparcialidad, prudencia y respeto incluso fuera del ámbito estrictamente jurisdiccional.

El Consejo de la Magistratura había planteado que las publicaciones eran incompatibles con la función judicial. En una de las jornadas del proceso, Maques remarcó que quienes integran el Poder Judicial deben actuar de acuerdo con las exigencias constitucionales vinculadas con la imparcialidad y el respeto, mientras que Juez sostuvo que la conducta atribuida al magistrado era incompatible con lo que la sociedad espera de un juez federal.

El Jurado finalmente coincidió con ese planteo y concluyó que los mensajes constituyeron “expresiones agraviantes” reiteradas y que implicaron una forma de violencia simbólica y discriminación contra la comunidad judía.

LA DEFENSA ALEGÓ LIBERTAD DE EXPRESIÓN

López rechazó las acusaciones y sostuvo que nunca actuó con mala fe ni tuvo intención de ofender a una comunidad religiosa.

Durante el juicio, su defensa argumentó que el proceso constituía una “persecución ideológica” y cuestionó que se utilizara el mecanismo de remoción de magistrados para sancionar opiniones expresadas en redes sociales.

El juez también sostuvo que sus publicaciones estaban relacionadas con asuntos de interés público y con sus críticas a las acciones del Estado de Israel en el conflicto de Medio Oriente. En ese marco, planteó la necesidad de distinguir entre una crítica política y una conducta discriminatoria.

Además, la defensa cuestionó que se le atribuyeran determinados contenidos publicados por terceros y citó como antecedente un fallo relacionado con una demanda contra el presidente Javier Milei, en el que se había discutido el alcance de la responsabilidad por publicaciones y republicaciones en redes sociales.

EL JURY Y LA SUSPENSIÓN DEL MAGISTRADO

Antes de llegar al veredicto, López ya se encontraba suspendido de sus funciones.

El Consejo de la Magistratura había avanzado con el proceso por mal desempeño y el Jurado de Enjuiciamiento inició formalmente el debate oral y público el 6 de julio de 2026. El organismo confirmó que el magistrado era titular del Juzgado Federal N° 4 de Mar del Plata y que el proceso se desarrollaba ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación.

El tribunal estuvo integrado por los jueces de Cámara Marcelo Bartumeu Romero y Néstor Barral, la abogada Ana Beatriz Fernández, los diputados nacionales Nicolás Mayoraz y Christian Zulli, y las senadoras nacionales María Belén Montes de Oca y María Florencia López.

Durante las jornadas de julio declararon testigos y se presentaron los argumentos de ambas partes. Finalmente, el 13 de julio se cerró el debate y el Jurado pasó a deliberar. El Consejo de la Magistratura había ratificado en esa instancia su pedido de destitución.

UN EPISODIO POLÉMICO DURANTE EL JUICIO

El proceso tuvo además un episodio de fuerte tensión durante la jornada de alegatos.

El 13 de julio, mientras Luis Juez exponía los argumentos de la acusación y solicitaba la destitución de López, personas que se encontraban en la sala en apoyo del magistrado comenzaron a interrumpir la audiencia con gritos e insultos. El presidente del Jurado, Marcelo Bartumeu Romero, ordenó desalojar la sala y solicitó presencia policial para garantizar la continuidad del debate.

Según reconstrucciones periodísticas, algunas de las expresiones pronunciadas por los manifestantes tuvieron contenido antisemita. El episodio generó repercusión porque se produjo precisamente durante un juicio en el que se analizaban acusaciones de discriminación y antisemitismo contra el magistrado.

LA RENUNCIA QUE NO FUE ACEPTADA

El caso tuvo además un capítulo particular antes del comienzo del jury.

En abril de 2026, López había presentado su renuncia al cargo de juez federal. Sin embargo, el Gobierno nacional solicitó al Consejo de la Magistratura información sobre la existencia de denuncias o procesos disciplinarios antes de avanzar con una eventual aceptación.

La existencia del proceso disciplinario terminó siendo determinante para que el caso continuara por la vía del jury.

Según C5N, luego del dictamen de la Comisión de Acusación, el Poder Ejecutivo no aceptó la renuncia y el Plenario del Consejo de la Magistratura resolvió enviar al magistrado a juicio político.

De esta manera, la eventual salida de López no quedó resuelta mediante una renuncia, sino a través del mecanismo constitucional de remoción de magistrados.

QUÉ RESOLVIÓ EL JURADO

La conclusión del tribunal fue contundente: López incurrió en la causal de mal desempeño y debía cesar en el ejercicio de la magistratura.

El Jurado consideró que sus publicaciones no podían ser encuadradas simplemente como opiniones personales porque habían sido realizadas por una persona que ejercía una función judicial y que, por lo tanto, debía preservar determinadas condiciones de imparcialidad y decoro.

La resolución remarcó que la destitución no se produjo por el hecho de que el magistrado hubiera expresado una opinión, sino porque, según el tribunal, su conducta pública se volvió incompatible con las obligaciones derivadas de su investidura.

Con la decisión, Alfredo López dejó de ser titular del Juzgado Federal N° 4 de Mar del Plata.

UN PRECEDENTE SOBRE LOS LÍMITES DE LOS JUECES EN REDES SOCIALES

La destitución abre además un debate sobre los límites de la libertad de expresión de los integrantes del Poder Judicial, especialmente en las redes sociales.

La defensa planteó que los jueces también conservan el derecho a expresar opiniones sobre cuestiones políticas y de interés público. La acusación, en cambio, sostuvo que el ejercicio de la magistratura exige estándares adicionales de prudencia, imparcialidad y decoro.

El Jurado terminó adoptando esta segunda interpretación en el caso de López y entendió que el conjunto de sus publicaciones superó los límites compatibles con el cargo.

El proceso adquiere así una dimensión que excede la situación personal del magistrado: la decisión establece un antecedente relevante sobre la responsabilidad disciplinaria de los jueces por su conducta pública en redes sociales, particularmente cuando esas expresiones son consideradas discriminatorias y afectan la confianza en la imparcialidad judicial.

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