REVÉS JUDICIAL AL GOBIERNO: ORDENAN LA APLICACIÓN INMEDIATA DE LA LEY DE EMERGENCIA EN DISCAPACIDAD

REVÉS JUDICIAL AL GOBIERNO: ORDENAN LA APLICACIÓN INMEDIATA DE LA LEY DE EMERGENCIA EN DISCAPACIDAD

12 diciembre, 2025 Desactivado Por Azul Spalletta

Un fallo federal obliga al Poder Ejecutivo a poner en marcha la Ley 27.793 tras considerar inconstitucional su suspensión y deja sin efecto parte del decreto que condicionaba su ejecución.

La Justicia Federal de Campana ordenó este viernes la aplicación inmediata de la Ley de Emergencia en Discapacidad, declarando inconstitucional el artículo del Decreto 681/2025 que había suspendido la puesta en marcha de la norma hasta que el Congreso especificara las fuentes de financiamiento. La decisión responde a un amparo colectivo presentado por padres y organizaciones en defensa de los derechos de las personas con discapacidad.

Según el fallo del juez Adrián González Charvay, el mencionado decreto violaba la Constitución Nacional y los compromisos asumidos en tratados internacionales sobre derechos humanos, al impedir la ejecución de una ley sancionada por el Congreso tras la insistencia parlamentaria. El juez sostuvo que el Poder Ejecutivo “excede en forma manifiesta las facultades que la norma constitucional le confiere” al condicionar la aplicación de la ley a la definición de financiamiento, lo que equivaldría a un veto encubierto.

Entre los puntos principales de la resolución se encuentran:

La nulidad e inconstitucionalidad del artículo 2° del Decreto 681/2025.

La orden de aplicación inmediata de la Ley 27.793 en todo el país.

La extensión de los efectos del fallo a todas las personas con discapacidad y prestadores del sistema.

La prohibición de medidas regresivas que reduzcan derechos ya consolidados.

La Ley de Emergencia en Discapacidad había sido aprobada por el Congreso en septiembre de 2025 y declaraba la emergencia del sector hasta fines de 2027, con el objetivo de actualizar aranceles, crear pensiones no contributivas y garantizar prestaciones. Sin embargo, el Gobierno había suspendido su aplicación alegando que el Parlamento no había determinado de dónde saldrían los recursos para financiarla.

La decisión judicial tiene impacto directo en miles de personas con discapacidad, sus familias y prestadores de servicios, quienes desde hace meses denuncian la precarización de derechos fundamentales como la salud, la educación y la asistencia integral. El fallo marca un hito en la defensa judicial de los derechos sociales y la supremacía constitucional, al reafirmar que el Ejecutivo no puede condicionar la vigencia de una ley a criterios presupuestarios cuando el Congreso ya decidió su sanción sin reservas.

La controversia continúa, ya que el Gobierno había defendido su postura señalando que la ejecución sin financiamiento específico podría poner en riesgo la sustentabilidad fiscal. Sin embargo, el juez rechazó ese argumento al recordar que la misma ley facultaba al jefe de Gabinete para realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias.

Este fallo profundiza el debate sobre la disputa de poderes entre el Ejecutivo y el Legislativo en torno a políticas sociales clave, y pone en el centro de la escena la situación de las personas con discapacidad en Argentina.

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